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Artículo UNICO de la Ley 12.907 · Concede pension, por gracia, a don guillermo sotomayor bustamante

Concede pension, por gracia, a don guillermo sotomayor bustamante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214341 / 6438241.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Guillermo Sotomayor Bustamante una pensión de veinte y cinco mil pesos ($ 25.000) mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.