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Artículo UNICO de la Ley 12.913 · Aumenta la pension de doña elcira pizarro muñoz

Aumenta la pension de doña elcira pizarro muñoz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 214343 / 6438247.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a quince mil pesos mensuales la pensión que disfruta doña Elcira Pizarro en virtud de la ley N.o 9.338, de 12 de Julio de 1949, la que tendrá el carácter de vitalicia. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.