Texto oficial
Artículo 1º.- Declárase día hábil el día 19 de Septiembre de 1973 en todo el territorio de la República, para la actividad pública y particular;
Declara dia habil el dia 19 de septiembre de 1973.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215065 / 6441044.