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Artículo UNICO del Decreto Ley 214

Prorroga plazo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215143 / 7304010.

Texto oficial

"Artículo único.- Prorrógase hasta el 28 de Diciembre de 1973 el vencimiento del plazo de 60 días establecido en el artículo 1° del decreto ley N° 95, publicado en el Diario Oficial de 24 de Octubre de 1973."