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Artículo 2 del Decreto 594 EXENTO

Aprueba programas de estudio de religion catolica;para los cursos de 1° a 8° año de enseñanza basica y deroga decreto n° 67 exento, de 1987

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21528 / 5945392.

Texto oficial

Artículo 2°: Establécese que en el desarrollo y tratamiento de los objetivos y contenidos del programa de Religión Católica precedentemente aprobado, deberán tenerse presente los distintos Objetivos Fundamentales Transversales del Decreto Supremo de Educación N° 40 de 1996, con el propósito de que la clase de Religión apoye el logro de todos estos objetivos en los distintos cursos de la enseñanza básica.