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Artículo 6 del Decreto Ley 256

Ordena anticipo de reajuste para trabajadores del sector privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215284 / 6441774.

Texto oficial

Artículo 6º.- El presente decreto ley no se aplicará a los trabajadores marítimos que presten servicios eventuales y discontinuos, ni a los trabajadores que reciban anticipos o remuneraciones superiores a las cantidades que les correspondería percibir de acuerdo con este decreto ley.