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Artículo UNICO del Decreto Ley 243

Agrega al decreto ley nº 4, de 1973, el articulo nuevo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215288 / 6441791.

Texto oficial

Artículo único: Agrégase al decreto ley Nº 4, de 18 de Septiembre de 1973, el siguiente artículo nuevo: "Artículo 3º.- Las sustituciones, reemplazos o nuevas designaciones de los Jefes de Zonas en Estado de Emergencia que se designan en el artículo 1º, corresponderán a la autoridad administrativa en los términos de la ley 12.927".