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Artículo 3 del Decreto Ley 378

Faculta al subsecretario de transportes para asignar automoviles que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215578 / 6442696.

Texto oficial

Artículo 3º.- Los vehículos asignados en conformidad a este decreto ley estarán sujetos a lo dispuesto en el artículo 14º de la ley Nº 17.203 y a su reglamentación.