Texto oficial
Artículo 5.o- Los cargos que queden vacantes luego de este encasillamiento serán provistos, por esta única vez, por concurso de antecedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, las vacantes que luego de efectuado el encasillamiento se produzcan en la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores entre la Segunda y la Quinta Categoría Exterior serán provistas por concurso interno de antecedentes con funcionarios de las dos Categorías inmediatamente inferiores de la misma Planta, respectivamente.
Las vacantes que se produzcan luego del encasillamiento en la Sexta y Séptima Categorías de la Planta de Servicio Exterior, serán provistas por concurso amplio de antecedentes y oposición.