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Artículo 6 del Decreto Ley 134

Autoriza libre importacion, exenta de la obligacion que señala, de las mercancias que lleguen destinadas a la exposicion rotaria internacional de viña del mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215598 / 6442765.

Texto oficial

Artículo 6.o- El producto de la venta y subasta referida se depositará en una Cuenta Especial del Banco del Estado de Chile a la orden del Comité de Administración para dar cumplimiento a las finalidades señaladas en el artículo 3.o de este decreto ley. Este Comité deberá rendir cuenta de su Administración a la Contraloría General de la República una vez terminada su gestión.