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Artículo 2 del Decreto Ley 458

Autoriza el procedimiento de microfilmacion en el ejercito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 216044 / 6444234.

Texto oficial

Artículo 2°.- El procedimiento y las normas que establece el artículo que antecede se harán extensivos a la Armada, a la Fuerza Aérea y a Carabineros de Chile, como a las Subsecretarías de Marina y Aviación, cuando esas instituciones lo requieran y así se disponga por decreto supremo.