Texto oficial
Artículo 3º.- Las personas designadas se mantendrán en el desempeño de sus cargos mientras cuenten con la confianza del Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Fija normas sobre designacion de representantes de empleadores y empleados y de patrones y obreros que deben integrar la h. junta clasificadora de empleados y obreros
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