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Artículo 3 del Decreto Ley 398

Fija normas sobre designacion de representantes de empleadores y empleados y de patrones y obreros que deben integrar la h. junta clasificadora de empleados y obreros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 216403 · idParte: 6445696

Texto oficial

Artículo 3º.- Las personas designadas se mantendrán en el desempeño de sus cargos mientras cuenten con la confianza del Ministro del Trabajo y Previsión Social.