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Artículo 2 del Decreto Ley 403

Disuelve consejo nacional de educacion y entrega atribuciones al superintendente de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 217019 · idParte: 6447656

Texto oficial

Artículo 2º.- Las funciones y atribuciones que, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, corresponden a este Consejo, serán de competencia del Superintendente de Educación Pública.