Texto oficial
Artículo transitorio: Las vacantes que se hayan producido por efecto del encasillamiento establecido en el decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores N.o 759, de 26 de Diciembre de 1973, podrán proveerse una vez dictado el Reglamento de Calificaciones, Ascensos y destinaciones del personal del Servicio Exterior. Entretanto, se incrementarán en igual número de tales vacantes las plazas de la última categoría de la Planta de dicho Servicio, las que podrán llenarse anualmente en el número que el propio Ministerio de Relaciones Exteriores estime conveniente, por medio de concurso público, de antecedentes y oposición.