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Artículo del Decreto Ley 439

Modifica recargo de cobranza a domicilio y receptores judiciales de la direccion de obras sanitarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217036 / 7305250.

Texto oficial

1.o- Fíjanse las siguientes tarifas de recargo de cobranza de la Dirección de Obras Sanitarias: a) Recaudadores a domicilio Eº 15.00 por cada recibo b) Recaudadores Judiciales 30,00 por cada recibo