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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Crea cargo en la planta del servicio de salud antofagasta e incrementa su dotacion maxima

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 217516 · idParte: 6449404

Texto oficial

Artículo 3º.- El gasto que demande la creación del cargo antes señalado se imputará al presupuesto del Servicio de Salud Antofagasta.