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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 9

Crea cargo en la planta del servicio de salud del maule e incrementa su dotacion maxima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217523 / 6449433.

Texto oficial

Artículo 2º.- Increméntase, en el número de cargos que en el artículo precedente se crean para el Servicio de Salud del Maule, la Glosa "02: a1) Dotación máxima de personal ley Nº 18.834 - Nº de cargos" del presupuesto del Servicio de Salud del Maule, de la Partida 16, Capítulo 03, Programa 10 de la ley Nº 19.482, Ley de Presupuestos del Sector Público - Año 2003.