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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 19

Crea cargos en la planta del servicio de salud metropolitano central e incrementa su dotacion maxima

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 217536 · idParte: 6449492

Texto oficial

Artículo 2º.- Increméntase, en el número de cargos que en el artículo precedente se crean para el Servicio de Salud Metropolitano Central, la Glosa "02: a1) Dotación máxima de personal ley Nº 18.834 - Nº de cargos" del presupuesto del Servicio de Salud Metropolitano Central, de la Partida 16, Capítulo 03, Programa 24 de la ley Nº 19.482, Ley de Presupuestos del Sector Público - Año 2003.