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Artículo UNICO del Decreto Ley 288

Reliquida, por gracia, pension de retiro del profesor universitario sr. francisco javier diaz salazar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217564 / 8369854.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, al profesor señor Francisco Javier Díaz Salazar, el derecho a gozar de una pensión de retiro por un valor equivalente a doce horas semanales de clases, categoría universitaria, en su calidad de ex profesor de la Escuela "General Carlos Ibáñez del Campo". La Caja de Previsión de los Carabineros de Chile procederá, en consecuencia a reliquidar la pensión de retiro que actualmente percibe el beneficiario, el cual conservará su calidad de pensionado de esa Caja, como profesor de la Escuela mencionada, para todos los efectos legales. El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley, se imputará al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda.