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Artículo UNICO del Decreto Ley 571

Declara que a los empleados de las municipalidades y de la corporacion de magallanes les ha sido y les es aplicable lo dispuesto en el articulo 7º del decreto ley nº 249

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217635 / 6449818.

Texto oficial

Artículo único: Declárase que a los empleados de las Municipalidades y de la Corporación de Magallanes, incorporados desde el 1º de Enero de 1974 al artículo 1º del decreto ley Nº 249, les ha sido y les es aplicable lo dispuesto en el artículo 7º de dicho cuerpo legal, cuyo texto vigente fue fijado en el decreto ley Nº 450, de 1974.