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Artículo UNICO del Decreto Ley 597

Otorga pension, por gracia, a don enrique flores bello

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217705 / 8369878.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Enrique Flores Bello, una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago. Al fallecimiento del beneficiario, la pensión indicada en el inciso anterior será percibida por su cónyuge, doña Carmen Chevorillari Medina. El gasto que importe el presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.