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Artículo 63 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149279.

Texto oficial

Artículo 63.- Para los efectos del beneficio de que trata el inciso primero del artículo 15 de la ley Nº 19.856, la ausencia de faltas en el cumplimiento de las condiciones de la libertad condicional se acreditará en virtud de certificación emitida por el órgano fiscalizador respectivo. Dicha certificación dará cuenta de haberse cumplido positivamente cada una de las condiciones que se hubieren impuesto a la persona condenada, conforme al reglamento sobre libertad condicional.