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Artículo 33 de la Ley 19.917

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector publico, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 218236 / 7305806.

Texto oficial

Artículo 33.- El personal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes podrá incorporarse como afiliado al Servicio de Bienestar del Personal del Ministerio de Educación, regido por el decreto supremo Nº74, de 2000, del Ministerio de Educación.