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Artículo 2 del Decreto Ley 648

Modifica decreto ley nº 459, de 13 de mayo de 1974, que aprueba planta del instituto antartico chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 218313 / 7305844.

Texto oficial

Artículo 2º.- Facúltase para que, por una sola vez y sin visación previa del Ministerio de Hacienda, pueda proveerse a contar del 1º de Enero de 1974 o de una fecha posterior, los cargos de la Planta creada por el DL. Nº 459, de 1974, con el personal que cumple funciones en ese servicio, en forma discrecional, sin sujeción a las normas ordinarias de la provisión de empleos.