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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Crea cargos de carrera que indica en el servicio nacional de turismo, conforme inciso cuarto, articulo septuagesimo, ley nº 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 218454 / 6452689.

Texto oficial

Artículo 1º: Créanse en la planta de profesionales, del Servicio Nacional de Turismo, los cargos que se indican, en los grados que se señalan, de la Escala Unica de Sueldos: 1 Profesional Grado 6º E.U.S. 1 Profesional Grado 7º E.U.S.