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Artículo UNICO de la Ley 16 · Aumento de sueldos - empleados de estadística de la aduana de valparaíso

Aumento de sueldos - empleados de estadística de la aduana de valparaíso

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21890 / 7162411.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Los empleados del Departamento de Estadística de la Aduana de Valparaiso gozarán, miéntras se reorganiza el Departamento, de un sobresueldo sobre los que actualmente disfrutan de: Ochenta por ciento, (80%) los que tengan mas de diez años de servicios; Sesenta por ciento (60%) los que hayan cumplido cinco; i Treinta por ciento (30%) los que tengan ménos de cinco.