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Artículo UNICO del Decreto Ley 657

Concede pension por gracia a doña ines silva mandiola viuda de avalos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 218983 / 8369938.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Inés Silva Mandiola viuda de Avalos una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales del departamento de Santiago. El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.