Texto oficial
Artículo único: Promúlgase el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución A/54/RES/263, de 16 de mayo de 2000, con su corrección al numeral 1. del artículo 3, notificada por el Depositario con fecha 16 de agosto del mismo año, y suscrito por la República de Chile el 15 de noviembre de 2001; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.