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Artículo del Decreto Ley 699

Sustituye inciso 1º del articulo 1º de la ley nº 15.941

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219055 / 7306145.

Texto oficial

Sustitúyese el inciso 1º del artículo 1º de la ley Nº 15.041 por el siguiente: "La Polla Chilena de Beneficencia entregará anualmente a la Sociedad Pro Ayuda al Niño Lisiado, a la Sociedad Chilena de Rehabilitación y a la Escuela de Lisiados el equivalente a 10,5 y 3 sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago, respectivamente".