Texto oficial
Artículo transitorio.- El Conservador de Bienes Raíces de Santiago procederá, dentro del plazo de cinco días, a contar de la fecha de publicación de este decreto ley, a dejar sin efecto la inscripción de dominio que corre a favor del Ministerio de Defensa Nacional a fojas 14.116, Nº 16.985, del Registro de Propiedades del presente año y efectuará dicha inscripción a nombre del Fisco-Ejército de Chile.