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Artículo UNICO de la Ley 36 · Se derogan varios articulos de la lei de conversion metálica

Se derogan varios articulos de la lei de conversion metálica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21909 / 7162435.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se derogan los artículos 1.°, 2.°, 3.°, 4.°, 5.°, 6.° i 8.° de la lei de 26 de Noviembre de 1892. El producto de la última venta de bonos enajenados en conformidad a la lei de 26 de Noviembre de 1892, se destinará al pago de la deuda flotante del Estado.