Texto oficial
Artículo 10.- Para desempeñar el cargo de Director de
la Unidad y los demás cargos de la planta de directivos, se
requerirá título profesional de una carrera de a lo menos
diez semestres de duración, otorgado por una universidad
del Estado o reconocida por éste.
Para el cargo de Director y los cargos de Jefes de
División debe acreditarse, ademá