Texto oficial
Artículo único.- Autorízase a los Oficiales de Presupuestos, Habilitados o Pagadores dependientes del Ministerio de Educación Pública, para descontar de los sueldos de los funcionarios de ese Ministerio, el valor del texto correspondiente al curso de "Conservación de la Naturaleza y sus Recursos Renovables".
El precio de venta del referido texto será determinado por decreto del Ministerio de Educación.