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Artículo 3 de la Ley 19.919

Modifica el plazo para la entrada en vigencia de la reforma procesal penal en la region metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219208 / 8659238.

Texto oficial

Artículo 3º.- Sustitúyese, en el inciso sexto del artículo 6º transitorio de la ley Nº 19.665, que reforma el Código Orgánico de Tribunales, la frase "el último día del mes en que se cumpla el quinto año de su constitución", por "un año después de la entrada en vigencia de la reforma procesal penal en la Región Metropolitana de Santiago".