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Artículo UNICO de la Ley 53

Venta o circulacion de objetos cuya forma se asemeje a estampillas, bonos, billetes, etc.- se prohibe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21926 / 9072109.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se prohibe, bajo las penas señaladas en los párrafos 2 i 3 del título IV, libro II del Código Penal, la fabricacion, venta o circulacion de objetos cuya forma se asemeje a estampillas, bonos, billetes o cualesquiera otros valores fiduciarios, de manera que sea fácil su aceptacion en lugar de los verdaderos.