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Artículo UNICO del Decreto Ley 816

Otorga pension por gracia, a doña sofia ester catalan uribe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219332 / 8370028.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Sofía Ester Catalán Uribe una pensión mensual equivalente a un sueldo vital mensual de la provincia de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.