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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 32

Crea cargo de carrera que indica en casa de moneda de chile, conforme al inciso cuarto, articulo septuagesimo ley 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219581 / 6456855.

Texto oficial

Artículo único.- Créase en la planta de Profesional y Técnica de Casa de Moneda de Chile un (1) cargo grado 5° de la Escala Unica de Sueldos.