Texto oficial
Artículo único.- Declárase que el beneficio concedido por el decreto ley Nº 782, de 1974, no corresponde al personal cuyas remuneraciones están establecidas, convenidas o pagadas en moneda extranjera.
Declara que el beneficio concedido por el decreto ley nº 782, de 1974, no corresponde al personal que indica
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