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Artículo 4 de la Ley 127 · Enajenacion de oficinas i estacamentos salitrales

Enajenacion de oficinas i estacamentos salitrales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 21992 / 5946861.

Texto oficial

ART. 4.° El mínimum de la subasta será el valor de tasacion que determine una comision de peritos nombrada por el Presidente de la República.