Texto oficial
Artículo 6º.- Esta ley comenzará a regir noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.".
Modifica la normativa relativa a la importacion de las mercancias del sector defensa, calificadas como "pertrechos"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 219934 / 8495990.