Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 161 · Boletin internacional de tarifas aduaneras

Boletin internacional de tarifas aduaneras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22022 / 5946965.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de trescientas ochenta libras esterlinas (L 380) en el pago de las cuotas con que el Gobierno de Chile ha debido contribuir hasta la fecha para la publicacion del "Boletin Internacional de Tarifas Aduaneras."