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Artículo UNICO de la Ley 171 · Lineas de tranvias electricos por el camino de santa rosa-espropiaciones

Lineas de tranvias electricos por el camino de santa rosa-espropiaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22032 / 5947003.

Texto oficial

Artículo único. Decláranse de utilidad pública los terrenos de propiedad particular necesarios para el trazado de la vía de tranvías eléctricos, línea que correrá por el camino de Santa Rosa, segun concesion hecha a don Santiago A. Ossa por las municipalidades de Santiago i de la Victoria, i para sus correspondientes estaciones e instalaciones. La espropiacion se llevará a cabo en conformidad a los planos de la obra que, sometidos al Presidente de la República, obtengan su aprobacion i dentro del plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de la promulgacion de la presente lei.