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Artículo UNICO de la Ley 175 · Suplementos

Suplementos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22035 / 8273822.

Texto oficial

Artículo único. Concédese un suplemento de quince mil pesos al ítem 2 de la partida 3.a del presupuesto del Ministerio del Interior, para gastos jenerales de la Secretaría de la Cámara de Diputados; i otro de cinco mil pesos al ítem 6 de la misma partida, para fomento de la Biblioteca del Congreso.