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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 41

Determina para los servicios publicos que indica, dependientes o relacionados con el ministerio de vivienda y urbanismo, los cargos que tendran la calidad de altos directivos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220462 / 8130117.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos: 1.- Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, contenidos en la Planta Nacional de Cargos del personal del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización: Primer Nivel Jerárquico Grado Nº Cargos E.U.S. Directores Servicios de Vivienda y Urbanización Metropolitano, V y VIII Región 3º 3 Directores Servicios de Vivienda y Urbanización Regionales 4º 10 2.- Parque Metropolitano de Santiago Primer Nivel Jerárquico Grado Nº Cargos E.U.S. Director 3º 1 Segundo Nivel Jerárquico Jefe Departamento Jurídico 5º 1 Jefes Departamento 5º 3