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Artículo TRANSITORIO de la Ley 6.628

Declara en vigencia para la comuna de valparaiso las disposiciones de la ley 5,757, sobre pavimentacion, con las modificaciones que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220557 / 8370212.

Texto oficial

Artículo transitorio. Las obras de pavimentación ejecutadas en Nueva Imperial con recurso que proporcionó la ley 6,151, de 30 de Diciembre de 1937, se cobrarán al vecindario en la misma forma que las obras que se financian con recursos proporcionados por la ley general de pavimentación número 5,757, de 24 de Diciembre de 1935, y el producto de las cuentas que según esta disposición se perciba se destinará a proseguir la pavimentación de dicha ciudad.