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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 43

Determina para los servicios publicos que indica, dependientes o relacionados con el ministerio de justicia, los cargos que tendran la calidad de altos directivos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 220665 · idParte: 7307615

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos: 1.- SERVICIO MEDICO LEGAL Grado EUS Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico: Director 2º 1 Segundo Nivel Jerárquico: Jefe Departamento Clínica 4º 1 Jefe Departamento Tanatología 4º 1 Jefe Departamento Laboratorios 4º 1 Jefe Departamento Asesoría Jurídica 4º 1 2.- SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico: Director Nacional 1C 1 Segundo Nivel Jerárquico Subdirectores 2º 2 Subdirectores 3º 2 Directores Regionales 4º 3 Directores Regionales 5º 10 3.- SUPERINTENDENCIA DE QUIEBRAS Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Superintendente de Quiebras 1C 1 Segundo Nivel Jerárquico Jefe Departamento Jurídico 2º 1 Jefe Departamento Financiero y de Administración 2º 1 4.- DEFENSORIA PENAL PUBLICA Grado E.F. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Defensor Nacional 1º 1 Segundo Nivel Jerárquico Director Administrativo Nacional 2º 1 Jefes de Unidades Defensoría Nacional 3º 5