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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 44

Determina para los servicios publicos que indica, dependientes o relacionados con el ministerio de planificacion y cooperacion, los cargos que tendran la calidad de altos directivos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220666 / 7307618.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos: 1.- FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL Grado EUS Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico: Director Ejecutivo 1C 1 Segundo Nivel Jerárquico: Fiscal 3º 1 Jefes de Departamento 3º 4 2.- AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL Grado E.U.S. Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico: Director Ejecutivo 1C 1 Segundo Nivel Jerárquico Fiscal 3º 1 3.- FONDO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD Nº de Cargos Primer Nivel Jerárquico Secretario Ejecutivo 1