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Artículo 3 de la Ley 209 · Ferrocarril entre san felipe i la hacienda san jose;de piguchen

Ferrocarril entre san felipe i la hacienda san jose;de piguchen

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22067 / 5947159.

Texto oficial

Art. 3.° Se declaran de utilidad pública los terrenos de propiedad particular i municipal que sean necesarios para el establecimiento de la via, estaciones, oficinas i demas adherencias de una línea férrea, debiendo verificarse la espropiacion en conformidad a la lei de 18 de Junio de 1857. Esta autorizacion durará por el término de cinco años.