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Artículo UNICO de la Ley 217 · Camino carretero a la arjentina por la via de uspallata

Camino carretero a la arjentina por la via de uspallata

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22073 · idParte: 7162558

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese la suma de cuarenta i cinco mil pesos ($ 45,000) para la terminacion del camino carretero a la Arjentina por la via de Uspallata.