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Artículo UNICO de la Ley 223 · Medidas hijienicas

Medidas hijienicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22079 / 8273849.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) en la adopcion de medidas hijiénicas que tiendan a prevenir la propagacion de enfermedades infecciosas.